Noticias que ayudan a La Paz
completa: Gobierno Nacional Firma Decreto
965 del 7 de julio de 2020 que crea una nueva ruta de Sometimiento Individual a
la Justicia de integrantes de Grupos Armados Organizados (GAO).
Miguel Ceballos Arévalo, Alto comisionado para La Paz |
El Gobierno de Colombia abrió una nueva puerta para el sometimiento
ante la justicia, desmovilización y reincorporación a la vida civil de los
miembros de las guerrillas y bandas criminales que operan en el país por medio
del reconocimiento individual de sus crímenes.
A partir de hoy todos los integrantes de los GAO (Grupos Armados
Organizados), tienen una nueva ruta de tránsito a la legalidad que comprende
beneficios jurídicos y socioeconómicos para quienes tomen la decisión de dejar
las armas.
En el decreto se estipula que
dentro de los GAO (Grupos Armados Organizados) reconocidos como objeto de este, estarán las disidencias de las FARC, así
estos constituyan estructuras que reincidieron en la actividad armada ilegal
tras la firma de un tratado de paz. La guerrilla del ELN y las bandas criminales (Bacrim), Clan del Golfo – o
Autodefensas Gaitanistas de Colombia - Los Caparrapos y Los Pelusos, también
conocidos como EPL, también podrán recibir dichos beneficios.
La ruta para el GAO, Ejército de
Liberación Nacional, seguirá siendo la establecida en el Decreto 128 de 2003[1],
compilado en el Decreto 1081 de 2015, por medio de la cual los miembros del ELN
podrán seguir optando por la desmovilización individual.
Con el Decreto 965 de 2020[2]
el Gobierno Nacional busca continuar en su acción por desmantelar los Grupos
Armados Organizados para buscar una paz completa y garantizar la seguridad y
Defensa Nacional, enmarcada en el Plan de Desarrollo 2018 – 2022, cuyos pilares
son la legalidad, el emprendimiento y la equidad.
El Decreto tiene como objeto
brindar alternativas de retorno a la legalidad de manera individual,
fortaleciendo el accionar de la justicia, colaborando con la misión de la
Fiscalía General de la Nación y de la Fuerza Pública, con un especial énfasis
en la desvinculación de menores de edad que han sido reclutados forzosamente
por los GAO.
El Decreto incluye de manera
integral los derechos de las víctimas previstos en el procedimiento penal en
Colombia, haciendo especial énfasis, en el derecho a conocer la verdad.
Este Decreto no solamente busca
beneficiar a los miembros de los GAO que opten por la ruta de retorno a la
legalidad sino también, enfatiza en los beneficios socioeconómicos de su núcleo
familiar.
El Gobierno Nacional podrá
disponer de condiciones especiales de reclusión para quienes habiéndose acogido
al Decreto deban estar privados de la libertad.
Por instrucciones del Presidente
de la República en el marco del Gabinete de Paz, la oficina del Alto Comisionado para la Paz, en un
trabajo coordinado con los ministerio de Justicia, Defensa, Hacienda, así como
con la Agencia de Reincorporación y Normalización – ARN y la Secretaría
Jurídica de la Presidencia, lideró la expedición del Decreto 965 del 7 de julio
de 2020 que le permite a los integrantes de los Grupos Armados Organizados
(GAO), hacer el tránsito a la legalidad, para que de manera individual y voluntaria
se sometan a la justicia de acuerdo con la normatividad vigente para cada caso.
Cada uno de ellos recibe desde el
momento de manifestar su voluntad de sometimiento individual a la justicia, la
ayuda inmediata (Alojamiento, alimentación, vestuario, atención en salud y
transporte), el apoyo sicosocial y los beneficios económicos para iniciar un
nuevo proyecto de vida.
El presente Decreto complementa
lo previsto en el Decreto 601 del 28 de abril de 2020, que facultó al Alto
Comisionado para la Paz para verificar la voluntad real de paz y reinserción a
la vida civil, así como la voluntad de sometimiento a la justicia de los Grupos
Armados Organizados (GAO)… “Esta es una nueva oportunidad para que los miembros
de los grupos armados organizados que quieren hacer un tránsito a la legalidad,
puedan tener una ruta para ello” puntualizó el Alto Comisionado para la Paz.
Por tal motivo, este Decreto
brinda alternativas de retorno a la legalidad para que se incorporen a un
proyecto de vida digna y segura, para sí mismos y sus familias, con el
propósito de desarticular las diferentes expresiones de criminalidad. De esta
manera se fija el procedimiento para el sometimiento individual de los
integrantes de los GAO y la ruta para acceder a los beneficios socioeconómicos
y los beneficios jurídicos que otorgará bajo la legislación penal ordinaria la
Fiscalía General de la Nación a través del principio de oportunidad o de
preacuerdos. “Colombia no puede tener la pandemia del virus y la pandemia de la
violencia. Lo importante es que no haya más violencia, secuestros,
reclutamiento de menores e instalación de minas antipersonal” indicó el
Comisionado.
En el diseño y redacción de este
Decreto se tuvieron en cuenta, tanto las sugerencias de diversos sectores de la
sociedad civil como los comentarios y observaciones de la Procuraduría General
de la Nación y la Defensoría del Pueblo.
Fases de la ruta de
sometimiento
1. Fase de Presentación del
integrante del GAO: a cargo del Ministerio de Defensa Nacional.
2. Fase de Proceso de Atención
Diferencial: a cargo de la Agencia de Reincorporación y Normalización ARN de
Presidencia de la República.
Fase de presentación del
integrante del GAO: Está estructurada en tres (3) etapas.
• La primera etapa: Presentación
voluntaria con fines de sometimiento a la legalidad ante cualquier autoridad
militar, de policía, administrativa y judicial.
• La segunda etapa: Recepción a
cargo del Ministerio de Defensa Nacional.
• La tercera etapa: certificación
a cargo del Comité Interinstitucional de Sometimiento Individual a la Legalidad
–CISIL-.
Fase de Proceso Atención Diferencial: Una vez el Comité
Interinstitucional de Sometimiento Individual a la Legalidad –CISIL- certifique
la pertenencia de una persona a un grupo armado organizado (GAO) podrá ingresar
al proceso de Atención Diferencial que será establecido por la Agencia para la
Reincorporación y la Normalización -ARN-, siempre y cuando la persona se
encuentre en libertad.
El presente Decreto contribuye al
cumplimiento del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la
Construcción de una paz Estable y Duradera, en el cual se crea la Comisión
Nacional de Garantías de Seguridad, liderada por el Presidente de la República,
con el objeto de diseñar políticas para el sometimiento a la justicia de las
organizaciones criminales y sus redes de apoyo, todo con el fin del
desmantelamiento de los Grupos Armados Organizados que insisten en el camino de
la violencia, obstaculizando la implementación de dichos acuerdos.
En síntesis, para los colombianos
se abre una nueva ventana hacia una paz más estructurada y dinámica en los
territorios donde existe población vulnerada por las economías ilícitas y la
violencia de todos los actores armados ilegales.
En otra dimensión: “Lo anterior se convierte en un instrumento
jurídico excepcional que deja en evidencia la existencia del conflicto armado interno;
la vigencia de un decreto tan importante como el 128 del 2003, expedido en
virtud de la también vigente ley 418 de 1997 y sus prórrogas, lo confirman. Es
paladino, hablar de GAO, como en otra época de Gaomil, es, hablar de DIH bajo
el artículo 3 común y el art. 1 del protocolo II”: (Prof. Jean Carlo Mejía
Azuero).
Finalmente, las reglas del DIH,
sin duda, permiten mayor seguridad jurídica en el seno de las operaciones de
las Fuerzas Armadas, disyuntiva, que ha creado la sensación de temor en quienes
llevan el peso de las operaciones y la confrontación en los teatros de la
guerra con todas las organizaciones armadas al margen de la Ley.
[1] DECRETO
128 DE 2003, (enero 22)
Por el cual se reglamenta la Ley 418 de 1997,
prorrogada y modificada por la Ley 548 de 1999 y la Ley 782 de 2002 en materia
de reincorporación a la sociedad civil.
[2]
Alto Comisionado para La Paz, Miguel Ceballos, hace el anuncio del Decreto
presidencial 965 del 07 de junio de 2020, de sometimiento a la justicia de
Grupos Armados Organizados, incentivos de carácter jurídico y socioeconómico. https://www.youtube.com/watch?v=Q5gm7aFV9Jo
Comentarios
Publicar un comentario
Mil gracias por sus amables comentarios