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Noticias que ayudan a La Paz completa:  Gobierno Nacional Firma Decreto 965 del 7 de julio de 2020 que crea una nueva ruta de Sometimiento Individual a la Justicia de integrantes de Grupos Armados Organizados (GAO).
Miguel Ceballos Arévalo, Alto comisionado para La Paz
El Gobierno de Colombia abrió una nueva puerta para el sometimiento ante la justicia, desmovilización y reincorporación a la vida civil de los miembros de las guerrillas y bandas criminales que operan en el país por medio del reconocimiento individual de sus crímenes.

A partir de hoy todos los integrantes de los GAO (Grupos Armados Organizados), tienen una nueva ruta de tránsito a la legalidad que comprende beneficios jurídicos y socioeconómicos para quienes tomen la decisión de dejar las armas.

En el decreto se estipula que dentro de los GAO (Grupos Armados Organizados) reconocidos como objeto de este, estarán las disidencias de las FARC, así estos constituyan estructuras que reincidieron en la actividad armada ilegal tras la firma de un tratado de paz. La guerrilla del ELN y las bandas criminales (Bacrim), Clan del Golfo – o Autodefensas Gaitanistas de Colombia - Los Caparrapos y Los Pelusos, también conocidos como EPL, también podrán recibir dichos beneficios.

La ruta para el GAO, Ejército de Liberación Nacional, seguirá siendo la establecida en el Decreto 128 de 2003[1], compilado en el Decreto 1081 de 2015, por medio de la cual los miembros del ELN podrán seguir optando por la desmovilización individual.

Con el Decreto 965 de 2020[2] el Gobierno Nacional busca continuar en su acción por desmantelar los Grupos Armados Organizados para buscar una paz completa y garantizar la seguridad y Defensa Nacional, enmarcada en el Plan de Desarrollo 2018 – 2022, cuyos pilares son la legalidad, el emprendimiento y la equidad.

El Decreto tiene como objeto brindar alternativas de retorno a la legalidad de manera individual, fortaleciendo el accionar de la justicia, colaborando con la misión de la Fiscalía General de la Nación y de la Fuerza Pública, con un especial énfasis en la desvinculación de menores de edad que han sido reclutados forzosamente por los GAO.

El Decreto incluye de manera integral los derechos de las víctimas previstos en el procedimiento penal en Colombia, haciendo especial énfasis, en el derecho a conocer la verdad.

Este Decreto no solamente busca beneficiar a los miembros de los GAO que opten por la ruta de retorno a la legalidad sino también, enfatiza en los beneficios socioeconómicos de su núcleo familiar.
El Gobierno Nacional podrá disponer de condiciones especiales de reclusión para quienes habiéndose acogido al Decreto deban estar privados de la libertad.

Por instrucciones del Presidente de la República en el marco del Gabinete de Paz, la oficina del Alto Comisionado para la Paz, en un trabajo coordinado con los ministerio de Justicia, Defensa, Hacienda, así como con la Agencia de Reincorporación y Normalización – ARN y la Secretaría Jurídica de la Presidencia, lideró la expedición del Decreto 965 del 7 de julio de 2020 que le permite a los integrantes de los Grupos Armados Organizados (GAO), hacer el tránsito a la legalidad, para que de manera individual y voluntaria se sometan a la justicia de acuerdo con la normatividad vigente para cada caso.

Cada uno de ellos recibe desde el momento de manifestar su voluntad de sometimiento individual a la justicia, la ayuda inmediata (Alojamiento, alimentación, vestuario, atención en salud y transporte), el apoyo sicosocial y los beneficios económicos para iniciar un nuevo proyecto de vida.

El presente Decreto complementa lo previsto en el Decreto 601 del 28 de abril de 2020, que facultó al Alto Comisionado para la Paz para verificar la voluntad real de paz y reinserción a la vida civil, así como la voluntad de sometimiento a la justicia de los Grupos Armados Organizados (GAO)… “Esta es una nueva oportunidad para que los miembros de los grupos armados organizados que quieren hacer un tránsito a la legalidad, puedan tener una ruta para ello” puntualizó el Alto Comisionado para la Paz.

Por tal motivo, este Decreto brinda alternativas de retorno a la legalidad para que se incorporen a un proyecto de vida digna y segura, para sí mismos y sus familias, con el propósito de desarticular las diferentes expresiones de criminalidad. De esta manera se fija el procedimiento para el sometimiento individual de los integrantes de los GAO y la ruta para acceder a los beneficios socioeconómicos y los beneficios jurídicos que otorgará bajo la legislación penal ordinaria la Fiscalía General de la Nación a través del principio de oportunidad o de preacuerdos. “Colombia no puede tener la pandemia del virus y la pandemia de la violencia. Lo importante es que no haya más violencia, secuestros, reclutamiento de menores e instalación de minas antipersonal” indicó el Comisionado.

En el diseño y redacción de este Decreto se tuvieron en cuenta, tanto las sugerencias de diversos sectores de la sociedad civil como los comentarios y observaciones de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo.

Fases de la ruta de sometimiento
1. Fase de Presentación del integrante del GAO: a cargo del Ministerio de Defensa Nacional.
2. Fase de Proceso de Atención Diferencial: a cargo de la Agencia de Reincorporación y Normalización ARN de Presidencia de la República.

Fase de presentación del integrante del GAO: Está estructurada en tres (3) etapas.
• La primera etapa: Presentación voluntaria con fines de sometimiento a la legalidad ante cualquier autoridad militar, de policía, administrativa y judicial.
• La segunda etapa: Recepción a cargo del Ministerio de Defensa Nacional.
• La tercera etapa: certificación a cargo del Comité Interinstitucional de Sometimiento Individual a la Legalidad –CISIL-.

Fase de Proceso Atención Diferencial: Una vez el Comité Interinstitucional de Sometimiento Individual a la Legalidad –CISIL- certifique la pertenencia de una persona a un grupo armado organizado (GAO) podrá ingresar al proceso de Atención Diferencial que será establecido por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización -ARN-, siempre y cuando la persona se encuentre en libertad.

El presente Decreto contribuye al cumplimiento del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una paz Estable y Duradera, en el cual se crea la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, liderada por el Presidente de la República, con el objeto de diseñar políticas para el sometimiento a la justicia de las organizaciones criminales y sus redes de apoyo, todo con el fin del desmantelamiento de los Grupos Armados Organizados que insisten en el camino de la violencia, obstaculizando la implementación de dichos acuerdos.

En síntesis, para los colombianos se abre una nueva ventana hacia una paz más estructurada y dinámica en los territorios donde existe población vulnerada por las economías ilícitas y la violencia de todos los actores armados ilegales.

En otra dimensión: “Lo anterior se convierte en un instrumento jurídico excepcional que deja en evidencia la existencia del conflicto armado interno; la vigencia de un decreto tan importante como el 128 del 2003, expedido en virtud de la también vigente ley 418 de 1997 y sus prórrogas, lo confirman. Es paladino, hablar de GAO, como en otra época de Gaomil, es, hablar de DIH bajo el artículo 3 común y el art. 1 del protocolo II”: (Prof. Jean Carlo Mejía Azuero).

Finalmente, las reglas del DIH, sin duda, permiten mayor seguridad jurídica en el seno de las operaciones de las Fuerzas Armadas, disyuntiva, que ha creado la sensación de temor en quienes llevan el peso de las operaciones y la confrontación en los teatros de la guerra con todas las organizaciones armadas al margen de la Ley. 



[1] DECRETO 128 DE 2003, (enero 22)
Por el cual se reglamenta la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por la Ley 548 de 1999 y la Ley 782 de 2002 en materia de reincorporación a la sociedad civil.
[2] Alto Comisionado para La Paz, Miguel Ceballos, hace el anuncio del Decreto presidencial 965 del 07 de junio de 2020, de sometimiento a la justicia de Grupos Armados Organizados, incentivos de carácter jurídico y socioeconómico. https://www.youtube.com/watch?v=Q5gm7aFV9Jo


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